La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife archiva definitivamente una querella por alzamiento de bienes e insolvencia punible al no concurrir ánimo defraudatorio.
15/11/2015. PENAL
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sala de Lo Penal, ha confirmado el archivo de una querella acordada por el Juzgado de Instrucción de Arona por no apreciar ánimo fraudulento del querellado. El Tribunal considera que si bien es cierto que el querellado realizó actos de disposición sobre su patrimonio cuando ya se habían dirigido demandas de reclamación de cantidad en contra de su empresa, considera que dichos actos tuvieron justificación mercantil y no existe prueba fehaciente de una intención fraudulenta.
Los letrados de WE&C Abogados aportaron durante la instrucción de la causa abundante documentación sobre la justificación mercantil de las operaciones realizadas por el cliente, quedando acreditado que el impago de parte de las deudas de la Sociedad que dirigía y el posterior cierre del negocio obedecieron a circunstancias fortuitas y no a un plan preconcebido del administrador de la empresa como se pretendía en la querella. De este modo, la Sociedad limitada será la que responda en vía civil del pago de las deudas, sin que el administrador deba hacer frente a las mismas con sus bienes personales.