+34 922 393 935

APROBADA LA NUEVA REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

WE&C Abogados A-practica

Queda aprobado el Real Decreto-ley que modifica la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (LAU), por el que, entre otras medidas, se amplían los plazos de prórroga obligatoria y tácita del contrato de arrendamiento de vivienda.

El pasado 18 de diciembre de 2018, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entró en vigor el día 19 de diciembre de 2018.

Las modificaciones de mayor relevancia a tener en cuenta a la hora de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda son las siguientes:

1.Ampliación del plazo legal mínimo en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda arrendada (prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda) que pasa de 3 a 5 años e incluso 7 años en caso de que el arrendador sea una persona jurídica (una sociedad, empresa…).

2. Ampliación del plazo de prórroga tácita de 1 a 3 años. Una vez transcurrido el periodo de prórroga obligatoria, en el caso de que el arrendador o el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovarlo, el contrato se ampliará hasta 3 años más.

3. FIANZA. En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de la fianza adicional (la distinta de la fianza en metálico) no podrá exceder de dos mensualidades de renta.

4. Se establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán a cargo del arrendador, cuando este sea persona jurídica.

La reforma se aplicará a los contratos de alquiler celebrados tras su entrada en vigor.

El Real Decreto también modifica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, para habilitar la posibilidad de que, por mayoría cualificada de tres quintas partes de los propietarios, en las comunidades de vecinos puedan adoptarse acuerdos que limiten o condicionen el ejercicio de la actividad del alquiler turístico de vivienda y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificando el procedimiento de desahucio de vivienda.